El próximo sábado 8 de septiembre, el Grupo Local de Madrid de la cooperativa de consumidores de energías renovables sin ánimo de lucro Som Energía, dará una charla para explicar quién y cómo se puede acceder al Bono Social.
La explicación tendrá lugar en el Centro Comunitario Guatemala, en C/ Celanova 2, Barrio del Pilar, en colaboración con la Asociación de Vecinos La Flor. La entrada es totalmente libre y gratuita.
El Bono social es una ayuda creada por el Gobierno, vigente desde el año 2009, con el fin de “proteger” a determinados colectivos, considerados vulnerables de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. En octubre de 2017 se aprueban nuevas condiciones para acceder a esta ayuda.
El 7 de octubre y el 9 de octubre de 2017 fueron publicados el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica y la Orden ETU/943/2017, de 6 de octubre y la Orden ETU/361/2018, de 6 de abril que lo desarrollan..
En estas normas se recogen los nuevos requisitos que deben cumplirse para que resulte de aplicación el bono social.
Hay que destacar que la Disposición transitoria primera del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre establece que los consumidores de energía eléctrica que sean beneficiarios del bono social deberán acreditar la condición de consumidor vulnerable de conformidad con lo dispuesto en el real decreto en un plazo de seis meses desde la fecha de entrada en vigor de la Orden ETU/361/2018, de 6 de abril, que se tendrá por hecha al día 8 de abril de 2018, según establece su disposición transitoria única. Transcurrido dicho plazo sin que la condición del consumidor vulnerable haya sido solicitada y acreditada, el bono social dejará de aplicarse a partir de la primera factura emitida por el comercializador de referencia, o bien en la factura inmediatamente posterior.
Actualmente, representa una reducción sobre el término de potencia y el término de energía que se encuentran dentro de la factura de electricidad, del 25% para los consumidores vulnerables y del 40% para los consumidores vulnerables severos.
Si se cumple cualquiera de las condiciones establecidas se puede solicitar ser beneficiario/a del bono social, siempre y cuando el contrato de electricidad esté en una comercializadora de referencia (mercado regulado) y se considere que la vivienda es la habitual. Se puede contratar con cualquiera de estas compañías eléctricas, con independencia de donde se encuentre la vivienda.
Hay que tener en cuenta que se debe solicitar la tarifa PVPC (precio voluntario al pequeño consumidor), que es la tarifa regulada, y presentar la solicitud y documentación pertinente para pedir la aplicación del Bono Social.
Las solicitudes para pedir el Bono Social se encuentran en la página web de cada una de las comercializadoras de referencia, y hay diferentes tipos de solicitud así como documentación requerida en razón de cuál es la condición por la que se pide la ayuda.
En la página web del Ministerio para la Transición Ecológica podéis encontrar más información.
Lamentablemente, en Som Energia no podemos aplicar el Bono Social establecido por el Gobierno porque somos una comercializadora del mercado libre y no del mercado eléctrico regulado.
El hecho de que la aplicación del Bono Social sólo la puedan ofrecer las empresas del mercado regulado, limita la libertad de algunas personas para elegir con quién contratar la luz, porque les representa perder la ayuda a la que tienen derecho.
Habría que revisar, pues, la regulación relacionada, pero al mismo tiempo tampoco descartamos convertirnos en comercializadora de referencia algún día, si esto realmente fuera útil para lograr nuestros objetivos. Se deberá valorar en su momento porque todavía no cumplimos los requisitos que se piden para operar dentro del mercado regulado.
De todos modos, tengamos presente que igual de importante es reducir nuestro uso de energía que un descuento económico en nuestra factura. Ser más eficientes nos ayudará a reducir el coste de la factura de manera sostenida en el tiempo así como a reducir el impacto ambiental.
Importantes lecturas en nuestro blog
- https://blog.somenergia.coop/tarifas-electricidad-y-sector-electrico/2018/04/el-bono-social-en-las-facturas-de-som-energia/
- El nuevo Bono Social
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Hemos recibido el siguiente correo y es importante dejar la puntualización (la respuesta la dejamos en otro comentario):
Veo en el cartel de la charla que estás difundiendo, algunos errores.
Aunque sean comunes, eso no significa que no existan, y creo que al difundir información, hemos de ser lo más rigurosas posible.
Los descuentos del 25 y del 40% sobre sobre la suma del coste de potencia y del consumo, no del total de la factura. Si hacéis el cálculo veréis que el descuento es muy inferior.
Y el descuento del 100% no se está aplicando prácticamente en ningún sitio, porque los ayuntamientos no tienen mecanismos para hacerlo (en teoría la empresa paga el 50% si el ayuntamiento paga el 50%, pero, habéis tratado de pagar alguna vez la mitad de una factura? Éste es un error de base). También me parece importante que se informe de que el 50% de las solicitudes del bono han sido rechazadas y que se ha anunciado una nueva reforma del bono social.
La frase en cuestión era:
Actualmente, representa una reducción del término de potencia y del término de energía sobre la factura de electricidad, del 25% para los consumidores vulnerables y del 40% para los consumidores vulnerables severos
Realmente es lo que se pretendía decir. Que sólo se realiza el descuento en los apartados del término de potencia y en el término de energia. Por aclarar, la redacción la hemos cambiado a:
Actualmente, representa una reducción sobre el término de potencia y el término de energía que se encuentran dentro de la factura de electricidad, del 25% para los consumidores vulnerables y del 40% para los consumidores vulnerables severos.