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Las lluvias torrenciales y las inundaciones derivadas de la reciente DANA han afectado a muchas personas y comunidades, especialmente en el País Valencià, Castilla-La Mancha y Andalucía. Desde Som Energia, queremos expresar todo nuestro apoyo a todas aquellas personas que están sufriendo las consecuencias de esta catástrofe y ponernos a su disposición en estos momentos complicados.
Somos conscientes de que las circunstancias pueden estar condicionando la vida y la gestión de las necesidades energéticas de las personas afectadas. Por este motivo, hemos implementado medidas adicionales, aparte de garantizar las medidas que establece la ley, para asegurar que ofrecemos la protección y el acompañamiento necesarios.
¿Cuáles son vuestros derechos si habéis sido afectados por la DANA?
En función de la situación específica de vuestro suministro, tenéis acceso a diferentes opciones:
- Suministro imposible de garantizar de forma definitiva: Si no es posible restablecer el servicio de forma permanente (por ejemplo, por daños graves en la infraestructura o porque la vivienda ha quedado inhabitable), no recibiréis ninguna factura posterior al 29 de octubre. Si por error os llegara alguna factura de este período, poneos en contacto con nosotros para que lo podamos corregir.
- Suministro temporalmente no garantizado: Si la conexión a la red eléctrica queda interrumpida temporalmente, el contrato quedará suspendido automáticamente. No se generarán facturas mientras no haya servicio. Si recibís alguna factura posterior al 29 de octubre, avisadnos para que podamos revisarlo.
- Suministro disponible pero domicilio no habitable: Si tenéis luz, pero no podéis vivir temporalmente en el domicilio debido a los efectos de la DANA (entendemos que por motivos técnicos, personales u otros), podéis solicitar la suspensión temporal del contrato, lo que implica que no se generarán facturas mientras dure la suspensión. En este caso, es necesario que nos informéis para que podamos activar esta medida.
En cualquier caso, tenéis derecho a dar de baja el punto de suministro y a cambiar de comercializadora sin ningún coste. Y también podéis, sin cargo, ajustar la potencia contratada para adaptarla a la nueva situación, siempre que cumpláis los requisitos del Real Decreto-ley 7/2024.
Encontraréis más detalles sobre vuestros derechos en el Real Decreto ley 6/2024, concretamente en los artículos 46, 47 y 48, y en especial en el Real Decreto ley 7/2024, concretamente en los artículos 2, 4, 6 y 9 que hablan de las medidas adoptadas en materia de energía.
Medidas adicionales de apoyo desde Som Energia
Además de aplicar las medidas previstas por ley, desde Som Energia hemos activado nuestro protocolo especial de apoyo en caso de catástrofes naturales. Para aliviar la situación, no cobraremos la facturación correspondiente al mes anterior a la DANA; Som Energia asumirá este gasto.
También ofreceremos plazos de pago flexibles, no efectuaremos ningún corte de suministro por impago y daremos la opción de solicitar un asesoramiento personalizado para gestionar su contrato durante esta situación.
Medidas específicas para instalaciones de autoconsumo
Las personas socias con instalaciones de autoconsumo también tienen acceso a medidas especiales. Podéis desactivar, si lo deseáis, temporalmente el servicio de Flux solar y la aplicación de Sols para que no se os descuenten de la facturación. Para ello, solo tenéis que poneros en contacto con nosotros. Cuando queráis reanudar el servicio, podréis activarlo de nuevo.
Os recordamos cómo contratar con la cooperativa.
- Correo electrónico: info@somenergia.coop
- Teléfono de atención: de lunes a viernes de 9 a 14 h, en los números 872 202 550 o 900 103 605
En Som Energia estamos a vuestro lado para hacer frente a estos momentos de incertidumbre y garantizar que vuestro acceso a la energía esté protegido.