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Está previsto que el día 1 de junio entre en vigor la nueva estructura tarifaria. Es un cambio regulado por ley, que implica modificaciones en la factura de electricidad, y todas las comercializadoras nos tenemos que adaptar. En Som Energia hemos seguido la nueva estructura regulada de peajes y cargos, trasladándola a las nuevas tarifas. Así pues, para contratos de hasta 15 kW de potencia y baja tensión (mayoritariamente domésticos, pequeñas empresas y locales comerciales) será la nueva tarifa 2.0TD (lo explicamos en esta noticia) y para contratos de más de 15 kW de potencia o alta tensión, habrá las nuevas tarifas 3.0TD, 6.1TD, 6.2TD, 6.3TD y 6.4TD, os lo explicamos a continuación:
- Equivalencia de las nuevas tarifas
- Los precios de las nuevas tarifas
- Nuevos períodos de energía y potencia
- Nueva tarifa 3.0 TD
- Nuevas tarifas 6.1, 6.2, 6.3 y 6.4 TD
- El porqué de este cambio
Equivalencia de las nuevas tarifas
Las actuales tarifas desaparecerán, y serán sustituidas automáticamente por las nuevas tarifas, con nueva nomenclatura (no será necesario que los titulares de los contratos hagan nada):
Los precios de las nuevas tarifas 3.0TD y 6.1TD
Los organismos reguladores ya han publicado los precios definitivos de los nuevos peajes y cargos. Hemos trabajado con estos datos y hemos actualizado la previsión del precio de la energía (que está aumentando más de lo que era de esperar), y en la siguiente tabla podéis ver, sin impuestos (IVA e impuesto eléctrico), los precios de la potencia y de la energía para cada tarifa, que empezaremos a aplicar a partir del 1 de junio de 2021.
A continuación podéis ver los precios de la energía y la potencia con impuestos aplicados (IVA e impuesto eléctrico).
Respecto al impuesto eléctrico (5,11269%) y el IVA (21%), no han variado. Todos los precios, con y sin impuestos, los podéis encontrar también en el apartado de tarifas del web. En el apartado Histórico de tarifas podéis ver la evolución. Y los detalles de los cálculos exactos de las tarifas los podéis encontrar en este documento.
Nuevos períodos de energía y potencia
Las tarifas 3.0TD, 6.1TD, 6.2TD, 6.3TD y 6.4TD tendrán 6 períodos horarios diferentes de energía y potencia. Como se puede ver en las tablas de precios (en el apartado anterior), el coste tanto de la energía como de la potencia será diferente según el período en el que se utilice.
Se podrá contratar una potencia diferente en cada período, siempre que la potencia contratada en un período concreto sea igual o superior a la del período anterior (por ejemplo, la potencia del período P3 deberá ser igual o superior a la del período P2). Es lo que se llama criterio de potencia creciente. ¿Y en qué horarios se aplicará cada período? Pues dependerá de la zona geográfica y del mes.
A continuación podéis ver cómo quedan repartidos los períodos a lo largo del año, en la Península (clicando en la imagen, aparece más grande):
Aquí podéis ver cómo quedarán distribuidos los períodos para las Islas Baleares y las Canarias.
La distribución de estos períodos, establecida por ley, está hecha con el objetivo de descongestionar las horas de más usos energéticos, cuando la red está más saturada, y desplazar estos usos en horas en las que no hay tanta demanda.
Ejemplo de aplicación de los nuevos períodos
A modo de ejemplo, con el nuevo sistema tarifario, un contrato que actualmente tiene la tarifa 3.0A y está en Burgos, pasará a tener la tarifa 3.0TD, y como es de la Península, en el mes de junio tendrá el período 6 desde medianoche hasta las 8 h, el período 4 de 8 a 9 de la mañana, de 9 a 14 h tendrá el período 3, de 14 a 18 tendrá el período 4, de 18 a 22 tendrá el período 3 nuevamente, y de 22 a medianoche tendrá el período 4.
Nueva tarifa 3.0 TD
Adaptación de las potencias contratadas a seis períodos
Cuando se haga el cambio automático, a cada contrato se le otorgarán las siguientes potencias:
- En el nuevo período de potencia P1 se le otorgará la actual potencia contratada en el período 1 (P1).
- A los nuevos períodos P2, P3, P4 y P5 se les otorgará la actual potencia del P2. En caso de que, de este modo, quede una potencia inferior respecto al nuevo P1, se les otorgará la misma potencia que el P1, ya que es necesario que cada período tenga una potencia igual o superior al período anterior (dicho de otra manera: deben ser potencias crecientes).
- En el nuevo período P6 se le otorgará la potencia contratada al P3 actual. En caso de que, de este modo, quede una potencia inferior respecto al P5 (y no se cumpla por lo tanto la condición de ser una potencia igual o superior que el P5), con el cambio se le otorgará la misma potencia contratada que en el período 5.
Esta forma de otorgar las potencias está hecha de tal manera que la nueva distribución de potencias quede muy similar a la distribución previa (con la tarifa antigua). Es posible, pues, que la mayoría de contratos no deba solicitar ningún cambio. Igualmente, si se tuviera que pedir una modificación de potencia, la CNMC informó recientemente que el coste regulado del trámite en sí será gratuito dos veces si se hace antes de que haya transcurrido un año, es decir, antes del 1 de junio de 2022 (y en caso de que el aumento demandado no supere la máxima potencia contratada). Sí que se deberán pagar los kW aumentados de potencia en caso de que se pidiera subirla. Estamos trabajando para que la opción de pedirlo esté operativa en la Oficina Virtual a partir del 17 de mayo, por si alguien necesita tener el cambio operativo ya el día 1 de junio.
Sistema de penalizaciones por exceso de potencia
La nueva regulación elimina la bonificación para los usos de potencia inferiores al 85% de la potencia contratada. Aparte, establece un sistema de penalizaciones diferente del que había hasta ahora. En caso de que el punto de suministro utilice más potencia de la que tiene contratada, en el Centro de Ayuda os indicamos cómo se penalizarán los excesos de potencia para la tarifa 3.0TD entre 15 y 50 kW, y cómo se penalizarán los excesos de potencia para la tarifa 3.0TD de más de 50 kW.
Dentro de unos meses enviaremos un nuevo informe personalizado de Infoenergía, donde avisaremos de las penalizaciones por exceso de potencia que esté teniendo cada contrato, a fin de facilitar que se puedan hacer los ajustes necesarios para adaptarse a la nueva tarifa.
Por otra parte, la energía reactiva inductiva se penalizará de forma similar a como se hace ahora (antes del cambio). Para evitar tener energía reactiva, es aconsejable contactar con una empresa experta en la temática, que podrá recomendar instalar un equipo que la corrija (y elimine).
Nuevas tarifas 6.1, 6.2, 6.3 y 6.4 TD
Actualización (06/07/2021):
El Gobierno español ha aprobado la rebaja del IVA de la factura eléctrica del 21 hasta el 10%. La medida, vigente hasta finales de año, afecta los contratos de hasta 10 kW de potencia, y se aplica siempre que el precio de la energía al mercado no baje considerablemente. Podéis ver los detalles de la medida en esta noticia.
Como indicábamos más arriba, los contratos con la tarifa 3.1A y menos de 30 kilovoltios pasarán a la tarifa 6.1TD. Los contratos con la tarifa 3.1A y con una tensión de 30 kilovoltios o más pasarán a la tarifa 6.2TD, al igual que los actuales 6.2. Los contratos de 6.3 pasarán a 6.3TD, y los de 6.4 pasarán a 6.4TD.
Todas las tarifas 6 TD (6.1, 6.2, 6.3 y 6.4) tendrán 6 períodos de energía y de potencia, están detallados arriba. Si alguien tiene interés en contratar las tarifas 6.2, 6.3 o 6.4, puede escribirnos un correo a empresa@somenergia.coop y estudiaremos su caso.
Adaptación de las potencias a los nuevos períodos
Para los contratos que actualmente tienen las tarifas 6.1A, 6.2, 6.3 o 6.4 se mantendrán las mismas potencias que ya tienen en cada período.
A los contratos que actualmente tienen la tarifa 3.1A se les aplicarán las siguientes potencias:
- En el nuevo período P1 se le aplicará la potencia contratada en P1 actual.
- A los nuevos períodos P2, P3, P4 y P5 se les aplicará la potencia contratada a la actual P2.
- En el nuevo período P6 se le aplicará la potencia contratada en el período P3 actual.
Estas adaptaciones están pensadas de manera lógica, de tal forma que no se prevé que las empresas titulares tengan que pedir cambios de potencias. Las que quieran modificar la potencia de algún período podrán hacerlo dos veces, en el plazo de un año (es decir, hasta mayo de 2022), sin pagar el coste regulado del trámite de cambiar la potencia. Únicamente deberán pagar en caso de que quieran subir la potencia, y si piden un aumento superior a la máxima potencia contratada ya no se les aplicará la gratuidad del trámite. Estamos trabajando para que la opción de pedirlo esté operativa en la Oficina Virtual a partir del 17 de mayo, por si alguien necesita tener el cambio operativo ya el día 1 de junio.
Sistema de penalizaciones
En caso de que el punto de suministro utilice más potencia de la que tiene contratada, en el Centro de Ayuda os indicamos cómo se penalizarán los excesos de potencia para las tarifas de entre 15 y 50 kW, y cómo se penalizarán los excesos de potencia para las tarifas de más de 50 kW.
Por otra parte, la energía reactiva inductiva se penalizará de forma similar a como se hace ahora (antes del cambio). La energía reactiva capacitiva de momento no se penalizará, pero podría empezar a penalizar en el período P6. Para evitar tener energía reactiva, es aconsejable contactar con una empresa experta en la temática, que podrá recomendar instalar un equipo que la corrija y elimine.
El porqué de este cambio
A nivel español se separan los peajes (que los establece la CNMC y son para pagar la red de transporte y distribución) de los cargos (que establece el Ministerio y son para cubrir costes del sistema, que dependen de la política energética). La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha decidido repartir el coste de la red entre los usuarios, y agruparlos por nivel de tensión y potencia. Otro criterio de la CNMC ha sido el de repartir el coste por períodos horarios, para incentivar la demanda de energía en las horas de menos demanda energética y mejorar, así, la eficiencia en el uso de la red de transporte y distribución. Por otra parte, existe la voluntad de fomentar la electrificación (también en la climatización y la movilidad).
La aplicación del nuevo sistema tarifario supone un cambio importante, y en Som Energia estamos trabajando en ello desde hace tiempo. Se trata de una modificación notable, que afecta a todos los agentes del mercado eléctrico español. La adaptación la vamos haciendo, pues, conjuntamente y/o a partir de las implementaciones que van haciendo el resto de agentes.
Hasta ahora con tres periodos de potencia y energia era dificil, pero con el nuevo sistema es totalmente
imposible saber donde está la bola.
Ostras, tenía claro lo de los 3 periodos. Al ver la tabla de meses he pasado de no entender qué estaba viendo, a pensar que era una broma, y de ahí a este mensaje. ¿Estamos locos?
Podría incluso entender lo de los meses de invierno / verano. Ahora, julio igual que diciembre, enero y febrero, pero distinto a junio y agosto.
¿Alguna idea de por qué esta distribución de precios por meses?
Hola Óscar,
Esta distribución de períodos está regulada en relación a la demanda eléctrica de la península, que varía según los meses. El objetivo es descongestionar la red eléctrica.
Saludos,