El 21 de octubre, los representantes del grupo activo de Sevilla Sixto Martín y Francisco J. Fernández se reunieron con la responsable del grupo parlamentario de Andalucía de Ciudadanos. Este encuentro forma parte de la ronda de contactos que queremos mantener con todos los grupos parlamentarios para presentarles Som Energía y ofrecerles nuestra colaboración y aportaciones en temas de energía. Ya nos habíamos reunido con responsables de Podemos y esperamos hacerlo con el resto de grupos.
DOCUMENTO COMPLETO:
PROPUESTAS DE SOMENERGIA A LA GUÍA PARA LA INCLUSIÓN DE CLÁUSULAS SOCIALES Y MEDIOAMBIENTALES EN LA CONTRATACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCIA.
1º.- PRESENTACIÓN
Som Energía es una cooperativa de consumo de energía verde sin ánimo de lucro. Nuestras principales actividades son la comercialización y producción de energía de origen renovable. Estamos comprometidos a impulsar un cambio del modelo energético actual para conseguir un modelo 100% renovable. www.somenergia.coop
Som Energia está integrada en REAS, Red de Redes de Economía Alternativa y Solidaria, asociación no lucrativa que agrupa a más de 500 entidades y que tiene como misión fundamental el potenciar la Economía Solidaria como un instrumento que permita el desarrollar una sociedad más justa y solidaria, caminando hacia el desarrollo sostenible y teniendo en cuenta la interdependencia de lo económico, lo social, lo ambiental y lo cultural . www.economiasolidaria.org
Este compromiso con el cambio del modelo energético actual hacia uno más descentralizado y democrático nos lleva a saludar la elaboración de la GUÍA PARA LA INCLUSIÓN DE CLÁUSULAS SOCIALES Y MEDIOAMBIENTALES EN LA CONTRATACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCIA, no obstante consideramos que la transposición de la Directiva 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y la profusa y dispersa legislación que abordan las cuestiones sociales y mediambientales, tal y como se pone de manifiesto en la propia GuÍa, serían merecedoras de una normativa específica que de forma clara y en un único texto, regulara estos aspectos en los procesos de contratación de la Junta de Andalucía.
La aportación de Som Energia a la Guía se centra fundamentalmente en la sugerencia de la incorporación del suministro eléctrico y de las claususlas sociales y medioambientales que podrían aplicarse a la contratación o licitación del mismo.
Además, se aportan las siguientes consideraciones de tipo general, que actuen como marco de referencia aplicables a cualquier bien o servicio:
1º.- La Guía debería establecer los objetivos, sociales y medioambientales que con carácter general se pretenden con la contratación pública de la Junta de Andalucía.
2º.- La Guía debería incorporar unos rangos o valores concretos, para los diferentes elementos que intervienen en la valoración de las ofertas. Proponemos que en ningún caso la propuesta económica suponga más de un 60% en la valoración de las ofertas, dejando el resto para ponderar los aspectos sociales, ambientales o de mejora de las condiciones del bien o servicio objeto de suministro.
3º.- La Guía debería establecer con carácter imperativo, en todos aquellos casos que sea posible, la adjudicación por lotes, de forma que se fomente la competencia y se facilite el acceso a las licitaciones y adjudicaciones públicas a las Pymes y empresas de economia social. El importe económico del bien o servicio a licitar, junto a las garantias económicas exigibles a los licitadores, no deben constituirse en una barrera que impida la libre concurrencia.
4º.- En tanto el Registro de la Huella de Carbono no sea un mecanismo mayoritario entre las empresas, se propone que la Guía considere valorar con hasta un 5% ( dependiendo del bien o servicio) que el suministrador de dicho bien utilice electricidad de origen renovable en sus instalaciones.
2.- PROPUESTA ESPECÍFICA.
2.1.- CONTENIDO DE LA PROPUESTA ESPECÍFICA
Somenergía propone la incorporación expresa de los suministros eléctricos en el ámbito de la Guía y la incorporación de algunas clausulas para las diferentes fases de contratación de los mismos.
Así mismo, se presentan algunas clausulas, a título de ejemplo, tal y como la Guía recoje para otros bienes y servicios, para ser consideradas por el órgano correspondiente a la hora de establecer las especificaciones técnicas y administrativas de la contratación de los suministros eléctricos.
2.2.- EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El suministro eléctrico tiene una importancia económica y medioambiental indiscutible. Desde la perspectiva económica, este suministro implica una partida superior a los 200 Millones de € anuales1, cantidad que desde el punto de vista de Somenergía puede admitir disminuciones significativas2 y en consecuencia, debe ser objeto de regulación expresa en esta Guia. El consumo eléctrico en los 4.815 centros dependientes de la Junta de Andalucia adscritos a Redeja3 actualmente se situa en 800 Gwh
1 La adjudicación del suministro el pasado diciembre de 2015, por un periodo de 2 años a Endesa se hizo por un importe de 418 millones de €.
2 Según estimaciones de la Agencia Andaluzade la Energía, desde el año 2010 en que se realizó la primera adjudicación centralizada, en las tres adjudicaciones realizadas, dos a Endesa y una a Iberdrola, se han obtenido unos ahorros de 11,2 + 32,2+ 27 millones de €
3 REDEJA es un órgano de la Agencia Andaluza de la Energía creado en 2007 sobre la que recae la responsabilidad de la gestión y control de los suministros eléctricos a los centros de la Junta de Andalucia.
En cuanto a la dimensión medioambiental, no se puede ignorar una partida que sufraga el gasto en un recurso cuya utilización es la principal causante de emisiones de CO2 y, por tanto, del cambio climático. En España, de media, cada Kwh. eléctrico consumido produce 0,27 Kg de CO24 y 0,51 miligramos de material radiactivo. En Andalucía las emisiones de CO2 asociadas al consumo eléctrico en dependencias de la Junta de Andalucía ascienden anualmente a 248.000 ton de CO2, lo que supone unos 30 kg por cada andaluz.
A pesar de la importancia que reflejan las cifras anteriores, el suministro eléctrico no aparece mencionado en la Guia.
A las razones expuestas hay que añadir otras consideraciones de no menor importancia:
Por una parte, el mercado eléctrico en España es un oligopolio, como evidencia que más del 90% de la producción y distribución esté controlada por tres empresas. Sólo recientemente y de forma casi marginal están apareciendo empresas en el ámbito de la comercialización.
Este sistema monopolístico es responsable de algunas de las peores características del sector eléctrico:
- Poco eficiente. Tenemos uno de los precios más altos de la UE.
- Opaco, difícil de entender incluso para expertos. Nunca se ha sometido a una auditoria de costes.
- Excesivamente poderoso y con indudable capacidad de condicionar e influir en las decisiones políticas.
- Diferente al del entorno europeo: con una deuda reconocida de 25.000 Millones de euros. Doble rentabilidad que sus homólogos. Tratamiento penalizador del autoconsumo.
- Irracional y mal gestionado. Genera una pobreza energética que afecta a más de 7 millones de personas, con un exceso de instalaciones de ciclo combinado funcionando al 10% de su capacidad.
4 Datos de la CNMC para 2015. Según esta misma fuente, ENDESA produciría 0,31 Kg de CO2 por cada Kwh que comercializa.
Por otra parte, la construcción de las ciudades inteligentes, las “Smart City” que ya nos permiten las actuales tecnologías, con cuyo impulso está comprometida la Junta de Andalucía, requiere de la presencia de pequeñas empresas en la gestión de la energía, más ágiles y dinámicas que las burocratizadas del sector eléctrico oligopolístico que, a día de hoy, están frenando todo intento por abrirlo a la competencia, y por tanto, hacerlo más eficiente.
Será difícil encontrar, a juicio de Somenergía, un suministro al que le venga mejor la Directiva de Contratación Pública 2014/UE que en su considerando nº 2 dice “la contratación pública desempeña un papel clave en la Estrategia Europa 2020, siendo uno de los instrumentos basados en el mercado que deben utilizarse para conseguir un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, garantizando al mismo tiempo un uso más eficiente de los fondos públicos, facilitando la participación de las pequeñas y medianas empresas en la contratación pública y permitiendo que los contratantes utilicen mejor la contratación pública en apoyo de objetivos sociales comunes”.
La Junta de Andalucia en su documento: ESTRATEGIA ENERGÉTICA 2020, se ha fijado cinco objetivos:
1º Reducir un 25% el consumo de energía primaria.
2º Aportar un 25% de la energía desde fuentes renovables.
3º La exigencia de autoconsumir un 5% de electricidad con renovables.
4º Disminuir un 30% respecto a 2007 las emisiones de CO2.
5º Mejorar un 15% la calidad del suministro.
En consecuencia, nos parece necesario que el documento que va a servir de guía en la contratación de suministros con criterios sociales y medioambientales, contemple y establezca o, al menos, haga referencia a la senda que han de cumplir aquellos suministros responsables de las emisiones de CO2, (4º objetivo) cuantificando en el tiempo los límites de emisiones permisibles, conforme a la planificación que se haya establecido para cumplir con los compromisos adoptados. Hay que considerar que introducir exigencias de que parte de la electricidad suministrada proceda de fuentes renovables, impulsa y favorece la consecución de los objetivos 2º y 3º
Llama la atención que en la Guía se mencionen los esfuerzos por disminuir las emisiones en el ámbito de la edición de documentos en papel, pero no se plantee la exigencia a las comercializadoras de electricidad de que su suministro sea de origen renovable, lo que eliminaría automáticamente las cuantiosas emisiones ligadas al consumo eléctrico.
Una de las propuestas que se aportan a la Guía, en lo relativo al suministro de electricidad, es la exigencia de que las comercializadoras aporten certificaciones del origen renovable de la electricidad que suministran. Esta propuesta, de ser asumida, contribuiría a la pedagogía que desde las instituciones debe realizarse para que la ciudadanía haga un uso más sostenible de la electricidad.
2.3 PROPUESTAS PARA EL SUMINISTRO ELÉCTRICO
Objetivos
El órgano competente habrá de fijar un plan de reducción de emisiones en el origen de la producción de electricidad a contratar, en función de los compromisos adquiridos por la Junta de Andalucia. Por ejemplo:
2018-2019. El 30% del suministro eléctrico tendrá certificados de garantia de origen renovable GDO.
2020- 2021. El 40% del suministro eléctrico tendrá GDO.
…
2028-2030. El 100% del suministro eléctrico será de origen renovable.
En los procesos de licitación o adjudicación de los suministros eléctricos se considerará requisito indispensable cumplir con la senda establecida en cuanto a porcentaje de GDO.
Consideramos que el texto en el que aparezca el objeto del contrato debe hacer alusión específica a los objetivos sociales y ambientales que se pretenden con el mismo.
Por ejemplo, el contrato de suministro eléctrico con el que se quiera favorecer la incorporación de pymes y empresas de economía social y, además, disminuir las emisiones ligadas al suministro, debería redactarse en términos similares a los siguientes “cláusulas administrativas y técnicas relativas al suministro de electricidad con disminución de las emisiones y de fomento de la participación en el suministro de las pymes y las empresas de economía social”.
El documento debe explicitar con toda nitidez que el objeto del contrato de suministro eléctrico es triple: obtener un suministro eléctrico, disminuir las emisiones ligadas al mismo y facilitar el acceso de las pymes y empresas de la economía social a este tipo de contratos.
Clausulas para la elaboración de pliegos de especificaciones técnicas y administrativas para los contratos de suministro eléctrico de la Junta de Andalucía.
1º.- Certificaciones de origen renovable de la electricidad suministrada.
Proponemos que se fije el objetivo de certificaciones de garantia de origen renovable del 100% de la electricidad suministrada para el año que se determine (2030?) empezando por suministrar un mínimo del 30% en la próxima adjudicación, y de penalizar los kwh que no sean de origen renovable.
Penalizar económicamente la emisión de cada tonelada de CO2 vertida en la generación eléctrica, de los suministros eléctricos que no dispongan de certificación de origen renovable, tomando para la conversión Mwh/ton CO2 la que adjudique la CNMC ( Comisión Nacional de Mercado y Competencia) a la comercializadora, o en su defecto, la media nacional del mercado eléctrico (la justificación de esta medida es evidente: el CO2 produce enfermedades, con el correspondiente gasto sanitario y perdida de rendimiento en el trabajo y otros costes que hasta ahora no se están repercutiendo).
Por contra, se propone establecerse una ponderación en la valoración de las ofertas de, por ejemplo, un punto ( sobre 100) por cada 15% puntos porcentuales de suministro con GDO por encima del mínimo exigido, con un tope de 5 puntos.
La penalización propuesta además de ser justa desde el punto de vista de su contribución a los gastos que produce, incentivaría a las productoras de electricidad a acelerar su transición hacia un sistema 100% renovable, lo que facilitaría el cumplimiento de los objetivos fijados en la estrategia 2020.
Para la penalización se tomará como referencia el precio medio en el último año de la Ton de CO2 según SENDECO2. ( http://www.sendeco2.com/es Plataforma europea de comercio de emisiones de CO2)
De aplicarse esta medida sobre un 70% del suministro, ( como mínimo, el 30% restante deberá disponer de GDO) para un consumo anual de 800 Millones de Kwh, a 0,27Kg.CO2/kwh y un precio de 6,56€/ton CO2 (precio medio por tonelada en el último año) se obtendría una penalización de 1.133.568 €, lo que representa 0,001416€ por Kwh. y un 0,548% del importe de la última adjudicación en diciembre de 2015. Valores que entendemos asumibles si la comercializadora no hace el esfuerzo por suministrar el 100% con GDO.
2º.- Ponderación para la valoración.
Establecer en torno al 60% para la propuesta económica, del 25 % para los criterios medioambientales, sociolaborales y empresariales y el 15% restante para propuestas de mejora a definir por la mesa de contratación. Valgan como porcentajes indicativos de los criterios medioambientales, sociolaborales y empresariales los que siguen:
- a) Aportación por encima del mínimo exigible de certificados de garantia de
origen renovable. 1 punto por cada 15% de suministro con certificados. Máximo 5 p.
- b) Tamaño de la empresa y economía social. Máximo 5 puntos (4 + 1)
< 50 trabajadores 4 puntos;
>500 Trabajadores 1 punto;
Cooperativa 1 punto.
- c) Estructura salarial de la empresa. Máximo 5 puntos.
Proporción entre salario mayor y menor < 3,5 5 puntos;
> 10 1 punto.
- Proporción entre mujeres y hombres en la empresa. Máximo 5 Proporción nº hombres/ nº mujeres (o viceversa)
entre 1 y 1,15 5 puntos
> 3, 1 punto.
- e) Contratación de trabajadores pertenecientes a colectivos vulnerables. Max 5 puntos.
Los criterios de valoración correspondientes al porcentaje de mejora a definir por la mesa de contratación y a repartir con un máximo de 5 puntos por cada propuesta de mejora, de libre aplicación por el adjudicatario y a proponer por la mesa; podrían ser como estos:
- Compromiso de colaboración con Redeja en el seguimiento y optimización de los consumos cada 4 meses.
–Compromiso de colaboración con la Agencia andaluza de la energia en el estudio de viabilidad de instalaciones FV en cubiertas de edificios
públicos dependientes de la Junta de Andalucia.
–Compromiso de aplicar reajuste de facturación en base a la evolución de precios mayoristas en el mercado eléctrico. (Se explica en el punto 5º
3º.- Balance neto en las instalaciones de centros adcritos a Redeja
Proponemos incorporar en los pliegos la obligación de las comercializadoras de referencia de aplicar el balance neto en las instalaciones FV, o mini eólica, de los edificios e instalaciones con un suministro incluido en el alcance de la adjudicación.
La electricidad que genera una instalación FV o mini eólica que no se auto consuma será cedida a la red. Teniendo en cuenta que detrás de las comercializadoras de referencia está su distribuidora, que actúa en régimen de monopolio y que esa electricidad va a ser consumida por otro consumidor en la proximidad de su producción y cobrada incorporando los costes de transporte y distribución que no se han producido; parece razonable que se compense al productor, en este caso a la Junta de Andalucia.
En el supuesto de que ya se hubiese alcanzado el 3º objetivo de la estrategia 2020, de cubrir un 5% del suministro eléctrico con autoconsumo, y que un 20% de este se hubiese cedido a la red, se trataría de aplicar el balance neto al 1% del suministro de 800 Gwh. (5% x 20% = 1%). Por un importe aproximado de 1 millon de €. ( Señalar que este importe lo recupera la distribuidora al vender esa electricidad)
A las comercializadoras que no son de referencia no se les aplicaría esta clausula pues no podrían transferir el importe que esto representa a la distribuidora.
4º.- Lotes.
Dada la magnitud económica del suministro eléctrico requerido por la Junta de Andalucia, por encima de los 200 Millones de euros anuales, se propone que el suministro se pueda licitar/adjudicarse por lotes. En estos lotes se podrán agrupar los suministros por tensiones y tipo de tarifa, por funcionalidad en el tipo de suministro ( centros de enseñanza, hospitales…) por provincias..aunque se puedan hacer lotes mixtos en el que se incluyan suministros de diferentes tarifas. Estos lotes deberán tener una dimensión económica que facilite la presentación de ofertas por pequeñas empresas y cooperativas que tienen una limitación en cuanto a su capacidad de hacer frente a los avales y otras garantías exigibles en los contratos públicos en base a su importe.
La fragmentación en lotes no supone incremento en los costes, más bien al contrario, puede facilitar la especialización de los pequeños suministradores y por tanto que haya la competencia que no ha habido hasta la fecha.
Se acompaña listado de tarifas, número de suministros y consumos incorporados en un único lote en la última subasta de la Junta de Andalucía:
Tarifa de acceso |
Nº de Suministros |
Consumo Estimado (kWh/año) |
2.0A | 1.020 | 6.947.559 |
2.1A | 404 | 6.545.084 |
2.0DHA | 31 | 280.238 |
2.1DHA | 42 | 1.154.775 |
3.0A | 2.772 | 181.424.410 |
3.1A | 394 | 94.864.076 |
6.1A | 148 | 465.257.864 |
6.2 | 3 | 306.609 |
6.3 | 1 | 42.192.693 |
– | 4.815 | 798.973.308 |
5º.- Re facturación al final del contrato.
Dado que se fija un precio anual, salvo modificaciones en los peajes y precios regulados por el gobierno, y que el precio en el mercado mayorista cambia hora a hora en cada día del año, la comercializadora oferta un precio que cubra sus gastos y le dé un margen de beneficio. Este precio lo establece en base a históricos de precios del mercado mayorista y de las tendencias que se puedan estimar.
Som energía propone que se valore con 5 puntos el compromiso de ajustar en la última factura del año el margen real obtenido, ajustando la misma al margen que previamente se haya establecido si los precios en el mercado mayorista hubieran sido inferiores a los previstos
Som Energía
Grupo local de Sevilla
agosto 2016
sevilla@somenergia.coop