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En enero actualizaremos los precios de nuestras tarifas

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Actualización enero 2024:

El gobierno español ha establecido que el IVA eléctrico que estaba rebajado, durante 2024, será del 10% en las mismas condiciones. El Impuesto eléctrico tampoco se recuperará al 5,11% directamente. Tenéis más información en esta otra noticia.

A partir del 1 de enero modificaremos los precios de nuestras tarifas, por lo general ligeramente a la baja. Este cambio coincidirá con la recuperación del IVA del 21% y el impuesto eléctrico del 5,11% para todos los contratos. A continuación os explicamos los siguientes puntos:

 

Tarifas por periodos

El coste de la energía en el mercado mayorista ha bajado, por tanto, bajamos el precio de la energía de las tarifas por periodos (2.0TD periodos, 3.0TD periodos y 6.1TD periodos).

Por otro lado, aumentamos ligeramente el margen para la viabilidad de la cooperativa (que sigue estando en los parámetros que estableció la Asamblea General). En la tarifa 2.0TD periodos esto resultará en un pequeño aumento del precio de la potencia.

Esta modificación coincide en el tiempo con la recuperación del IVA del 21% para todos los contratos (hasta ahora la mayoría de contratos domésticos tenían un IVA del 5%), y la recuperación del impuesto eléctrico del 5,11%, dos medidas que el gobierno estableció que estarían en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023.

Para una vivienda que utilice 2.500 kWh al año y tenga 4,7 kW de potencia contratada, que es la media de uso de los contratos que gestionamos en la cooperativa, la facturación anual, de media, sin impuestos disminuirá unos 118 euros, y con impuestos aumentará unos 20 euros. Esta media está calculada en comparación con las tarifas actualmente vigentes.

En la parte baja de la noticia podéis ver las tablas de precios de las tarifas por periodos.

Por otra parte, es posible que el gobierno anuncie variaciones de otros costes, que serán de aplicación inmediata o cuando lo establezca el decreto. Suele ocurrir cuando cambia el año, y normalmente son modificaciones de decimales, que no tienen mucha afectación al precio final.

 

Compensación de excedentes de autoproducción y Flux Solar (tarifas por periodos)

Para los contratos que tienen autoproducción con compensación simplificada, los excedentes de autoproducción los continuaremos compensando al mismo valor de referencia del coste de la energía que utilizamos para calcular el precio de venta. Como el coste de referencia de la energía en horas de producción fotovoltaica ha descendido, disminuye también la compensación de excedentes. Desde el 1 de enero se hará, pues, a 0,070 euros/kWh sin impuestos, y a 0,089 con impuestos (IVA del 21% e impuesto eléctrico del 5,112696%).

El valor de los excedentes que no se hayan podido compensar con la compensación simplificada se transformarán en “Sols”, que, a través del Flux Solar, se convertirán en descuentos en facturas posteriores.

 

Las tarifas indexadas

La tarifa indexada 2.0TD (la mayoría de domésticos con tarifa indexada), aumentará ligeramente el precio de la potencia, ya que repercutimos un pequeño aumento del margen para la viabilidad de la cooperativa (sigue estando dentro de los parámetros que estableció la Asamblea General). En la parte baja de la noticia podéis ver la tabla del precio de la potencia para la tarifa indexada (es el mismo que para las tarifas por periodos).

La fórmula para el cálculo del precio de la energía no cambia, y seguirá siendo la misma que hasta ahora (la podéis encontrar en nuestra web).

Las tarifas indexadas son las que trasladan a las personas y empresas usuarias lo que cuesta la energía del mercado mayorista diario. Las variaciones, pues, se repercuten al momento en las usuarias. Si el coste de la energía baja, los precios de la indexada descienden; y si el coste de la energía sube, los precios de la indexada suben.

 

Compensación de excedentes de autoproducción y Flux Solar (tarifas indexadas)

La compensación de excedentes de autoproducción para los contratos con compensación simplificada seguirá siendo como hasta ahora: los excedentes de autoproducción los seguiremos compensando al mismo valor de referencia del coste de la energía que utilizamos para calcular el precio de venta. Esto, aplicado a las tarifas indexadas, se traduce en que los excedentes generados a una hora concreta se compensan al precio de la energía en el mercado mayorista diario a esa hora. El valor de los excedentes que no se hayan podido compensar con la compensación simplificada se transformarán en “Sols”, que, a través del Flux Solar, se convertirán en descuentos en facturas posteriores.

 

Generation kWh

Respecto al Generation kWh, hemos actualizado los componentes que forman la tarifa, resultando una ligera disminución. Podéis ver los precios de la tarifa Generation kWh en la parte baja de la noticia o en el web del Generation kWh.

 

El mecanismo de ajuste del gas (MAG) desaparece

El día 1 de enero de 2024 dejará de estar en vigor el mecanismo de ajuste del gas (MAG). Ya hace meses que este mecanismo no se aplica (porque no se dan las condiciones fijadas para aplicarlo), por tanto, este cambio no tendrá repercusión en las facturas.

 

TABLAS DE PRECIOS

Precios de las tarifas por periodos

En la tabla siguiente podéis ver, sin impuestos (IVA e impuesto eléctrico), los precios de la potencia y de la energía para las tarifas por periodos, que aplicaremos a partir del 1 de enero de 2024, y los precios del Generation kWh (que aplican sólo a quienes participan en el Generation kWh).

Tarifa Periodo Precio de la potencia contratada
(€/kW y año)
Precio de la energía (€/kWh)
Precio tarifas por periodos Precio Generation kWh
2.0TD periodos Punta 27,474 0,247 0,187
Llano 0,189 0,139
Valle 3,433 0,154 0,116
3.0TD periodos P1 13,982509 0,215 0,154
P2 11,899074 0,197 0,142
P3 4,002045 0,167 0,117
P4 3,653973 0,159 0,110
P5 2,732707 0,145 0,104
P6 2,001136 0,147 0,108
6.1TD periodos P1 22,965215 0,184 0,124
P2 19,841178 0,172 0,115
P3 10,327582 0,150 0,098
P4 8,560662 0,148 0,095
P5 1,908583 0,136 0,088
P6 1,148958 0,137 0,092
3.0TDVE periodos P1 2,558984 0,302 0,241
P2 2,503926 0,266 0,210
P3 0,664441 0,198 0,147
P4 0,573622 0,179 0,130
P5 0,338303 0,150 0,109
P6 0,338303 0,150 0,111
6.1TDVE periodos P1 4,269983 0,332 0,272
P2 4,002324 0,288 0,231
P3 1,994267 0,201 0,149
P4 1,599721 0,182 0,130
P5 0,113126 0,143 0,094
P6 0,113126 0,142 0,096

A continuación mostramos los precios de las tarifas por periodos con impuestos aplicados, con un IVA del 21% y el impuesto eléctrico del 5,112696%.

Tarifa Periodo Precio de la potencia contratada
(€/kW y año)
Precio de la energía (€/kWh)
Precio tarifas por periodos Precio Generation kWh
2.0TD periodos Punta 34,943181 0,314150 0,237839
Llano 0,240382 0,176789
Valle 4,366308 0,195868 0,147537
3.0TD periodos P1 17,783844 0,273450 0,195868
P2 15,134000 0,250557 0,180605
P3 5,090055 0,212401 0,148808
P4 4,647356 0,202226 0,139905
P5 3,475631 0,184420 0,132274
P6 2,545172 0,186964 0,137362
6.1TD periodos P1 29,208622 0,234022 0,157711
P2 25,235272 0,218761 0,146265
P3 13,135276 0,190779 0,124642
P4 10,887995 0,188236 0,120827
P5 2,427457 0,172973 0,111924
P6 1,461318 0,174245 0,117012
3.0TDVE periodos P1 3,254679 0,384102 0,306519
P2 3,184652 0,338316 0,267091
P3 0,845079 0,251829 0,186964
P4 0,729569 0,227664 0,165342
P5 0,430275 0,190779 0,138633
P6 0,430275 0,190779 0,141177
6.1TDVE periodos P1 5,430836 0,422259 0,345947
P2 5,090410 0,366297 0,293800
P3 2,536436 0,255645 0,189508
P4 2,034627 0,231479 0,165342
P5 0,143881 0,181876 0,119555
P6 0,143881 0,180605 0,122099

En el apartado histórico de tarifas aparecen los nuevos precios y también los de periodos anteriores. Los detalles de los cálculos exactos de los nuevos precios se pueden encontrar en este documento.

 

Precio de la potencia – tarifas indexadas

A continuación podéis ver los precios de la potencia y de la franja de la cooperativa (F) de la fórmula del precio de la energía de las tarifas indexadas. Los aplicaremos a partir del 1 de enero de 2024. En la tabla figuran sin impuestos.

Tarifa Periodo Precio de la potencia contratada
(€/kW y año)
Precio de la
franja de la cooperativa
(F) (€/kWh)
2.0TD Indexada Punta 27,474 0,020
Llano
Valle 3,433
3.0TD Indexada P1 13,982509 0,016
P2 11,899074
P3 4,002045
P4 3,653973
P5 2,732707
P6 2,001136
6.1TD Indexada P1 22,965215 0,016
P2 19,841178
P3 10,327582
P4 8,560662
P5 1,908583
P6 1,148958
3.0TDVE Indexada P1 2,558984 0,016
P2 2,503926
P3 0,664441
P4 0,573622
P5 0,338303
P6 0,338303
6.1TDVE Indexada P1 4,269983 0,016
P2 4,002324
P3 1,994267
P4 1,599721
P5 0,113126
P6 0,113126

A continuación podéis ver los precios de la potencia y de la franja de la cooperativa (F) de la fórmula del precio de la energía de las tarifas indexadas. Los aplicaremos a partir del 1 de enero de 2024, en la tabla de abajo figuran con impuestos (IVA 21% e impuesto eléctrico 5,112696%).

Tarifa Periodo Precio de la potencia contratada
(€/kW y año)
Precio de la
franja de la cooperativa
(F) (€/kWh)
2.0TD Indexada Punta 34,943181 0,025437
Llano
Valle 4,366308
3.0TD Indexada P1 17,783845 0,020350
P2 15,133999
P3 5,090055
P4 4,647355
P5 3,475631
P6 2,545172
6.1TD Indexada P1 29,208622 0,020350
P2 25,235273
P3 13,135276
P4 10,887995
P5 2,427457
P6 1,461318
3.0TDVE Indexada P1 3,254679 0,020350
P2 3,184652
P3 0,845078
P4 0,729569
P5 0,430275
P6 0,430275
6.1TDVE Indexada P1 5,430836 0,020350
P2 5,090410
P3 2,536436
P4 2,034627
P5 0,143881
P6 0,143881

12 comments

  1. wow…

    es bastante decepcionante como estais planeando ordeñar a los clientes con autoproduccion.

    ejemplo del Tarifa: 2.0TD Periodos Península:
    sin tener en cuenta los impuestos, los precios de PUNTA//LLANO//VALLE se reducen por -16,27%//-20,25%//-22,61%. ok, buena noticia.

    entonces bajamos el precio igual que pagais para los excedentes de autoconsumo, no?
    ah, pues, no!
    bajamos lo que pagamos a la gente generando electricidad de una manera distinta…
    como distinta?
    pues -46,15%//-46,15%//-46,15%, asi distinta…

    pues, que nos queda?
    veo tres opciones:
    1) o habeis mal-calculado el precio de la venta de luz.
    2) o habeis mal-calculado el precio de la compra de los excedentes.
    3) o estais estafando a los clientes que en su casa generan electricidad verde, la primera razon pq existe esta «cooperativa».

    mi deseo es que sea o opcion 1) o 2)…me temo que la respuesta al final sera «distinta»…

    vamos cooperativa

    • Hola Jan! Gracias por tu comentario. Tal como explicamos en el apartado «Compensación de excedentes de autoproducción y Flux Solar (tarifas por periodos)», el coste de referencia de la energía en horas de producción fotovoltaica ha descendido, por lo que disminuye también la compensación de los excedentes.

      En la cooperativa compensamos los excedentes por el mismo precio medio que nos cuesta la energía en el mercado mayorista en las mismas horas que se producen los excedentes. Como el precio medio del mercado mayorista ha bajado en las horas de producción solar, el precio de la compensación de excedentes de la cooperativa recoge esa reducción en mayor proporción que el precio de la tarifa. En otras palabras, el precio de la tarifa baja pero la reducción es mayor en las horas de producción solar.

      Esto explica por qué el precio de compensación se reduce en mayor medida que el precio de la tarifa, que recoge horas donde el coste de la energía es mayor.

      La buena noticia es que gracias a las energías renovables y especialmente la solar fotovoltaica, tenemos horas a precios bajos que empujan a la baja el precio medio de la tarifa.

      Esperamos haber despejado tu duda. Si necesitas algo más, estamos a tu disposición.

  2. Augusto Barcenilla

    La tarifa punta y llano son las mismas? Parece que estáis buscando que abandonemos la cooperativa, los precios que se están aplicando son considerablemente superiores a los del mercado y aguantamos por aquello de la energía colaborativa y limpia, pero todo tiene un límite.
    Creo que se debería mirar la política de precios.

  3. Augusto Barcenilla

    Sigo con las nuevas, la subida de la energía en punta es un 6,49%, en llano un 32,55% y en valle baja un 1,57%.

    Pero es que la compensación de excedentes baja un 31,54%……

    Sin palabras. Y estoy seguro que la formula de marras la habéis aplicado bien, por lo que habría que preguntarse si dicha formula es correcta.

  4. Como ha dicho un compañero, esta bajada de tarifas está canibalizando a los que autoproducimos para ofrecer mejores tarifas al resto de cooperativistas.

    Si yo cojo mis consumos y excedentes reales del último año y aplico la tarifa nueva, por la energía consumida pago menos, pero el ahorro por la energía excedentaria es mucho menor, lo que hace que acabe pagando un 22% más que de haber mantenido la tarifa anterior y el precio de excedentes anterior. Todo esto sin tener en cuenta la subida de IVA, potencia, etc., hablo solo de coste de precio de energía. Y compensando el 100% de los excedentes al precio de compra, que en realidad será menos, porque cada euro que se guarde para otro mes por el mecanismo de flux solar se reduce un 20%.

    Este cambio de tarifa va a hacer que pague como poco un 20% más antes de impuestos que lo que hubiera pagado de haberse mantenido la tarifa actual. Esto no lo habéis tenido en cuenta, no?

    Entiendo que son muchos números los que hacéis, pero este cambio de tarifas está penalizando a quien produce energía respecto a quien no lo hace. Puedo entender cierta solidaridad, pero es que consumiendo lo mismo y con los mismos excedentes voy a pagar un 20% más antes de impuestos… Tendré que mirar la tarifa indexada.

    • ¡Hola Claudio! Gracias por tu comentario. Se podría concluir que, sin haber cambiado la política de fijación de precios de la cooperativa, el hecho de que en el mercado mayorista los precios en las horas de sol hayan bajado, tiene la consecuencia que apuntas. Lo recogemos para trabajar alternativas.

      Respecto a la tarifa indexada, puedes encontrar los detalles en esta noticia: https://blog.somenergia.coop/?p=45631

  5. Augusto Barcenilla

    El coste de la energía en periodo punta es el más bajo en compra y el más caro en venta.
    Es decir, pagáis a 0,07 € y lo vendéis a casi 0,30 €, es decir un margen bruto de un 76 %.
    Realmente el argumento del coste de compra de energía no tiene soporte

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