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El cambio de factura para contratos de empresas (de más de 15 kW)

[També en: català]

Actualización (28/4/2021):

Toda la información de esta noticia la encontraréis actualizada con fecha de finales de abril, en esta otra noticia.

Actualización (26/2/2021):

El Gobierno español ha propuesto el aplazamiento nuevamente de la aplicación del cambio tarifario, del 1 de abril al 1 de junio.

A partir del día 1 de abril está previsto que entre en vigor la nueva estructura tarifaria. Es un cambio regulado por ley, al que todas las comercializadoras nos tenemos que adaptar. Esto supondrá cambios en la factura de electricidad, tanto para contratos con una potencia contratada superior a 15 kW (habitualmente para empresas e industria), como para contratos domésticos, pequeñas empresas y locales comerciales (estos últimos casos los explicamos en esta otra noticia). Estos son los puntos principales:

 

Equivalencia de las nuevas tarifas

Las actuales tarifas desaparecerán, y serán sustituidas automáticamente por las nuevas tarifas, con nueva nomenclatura:

 

Nueva tarifa 3.0TD

Los contratos que actualmente tienen la tarifa 3.0A pasarán de tener 3 periodos horarios de energía a tener 6. Se podrá contratar una potencia diferente en cada periodo, siempre que la potencia contratada en un periodo concreto sea igual o superior a la del período anterior (por ejemplo, la potencia del periodo P3 deberá ser igual o superior a la del periodo P2). Es lo que se llama criterio de potencia creciente. ¿Y en qué horarios serán los períodos? Pues dependerá de la zona geográfica y de la temporada. Se han establecido diferentes zonas geográficas y temporadas (alta, media-alta, media y baja), que corresponden de la siguiente manera:

Así, por ejemplo, los contratos de la Península tendrán los siguientes periodos a lo largo del año (clica para aumentar la tabla):

Aquí se puede ver cómo quedarán distribuidos los periodos para las otras zonas: Islas Baleares y Canarias.

La distribución de estos períodos, establecida por ley, está hecha con el objetivo de descongestionar las horas de más uso energético, cuando la red está más saturada, y desplazar estos usos en horas donde no hay tanta demanda.

 

Ejemplo de aplicación de los nuevos periodos

A modo de ejemplo, con el nuevo sistema tarifario, un contrato que actualmente es 3.0A y está en Teruel, pasará a ser contrato 3.0TD, y como es de la Península, en el mes de junio le corresponderá la temporada media, es decir, que tendrá el período 6 desde medianoche hasta las 8, el periodo 4 de 8 a 9 de la mañana, de 9 a 14 h tendrá el periodo 3, de 14 a 18 tendrá el periodo 4, de 18 a 22 tendrá el periodo 3 nuevo, y de 22 a medianoche tendrá el periodo 4.

 

Adaptación de la potencia contratada a los seis periodos

Cuando se haga el cambio automáticamente, a cada contrato se le otorgarán las siguientes potencias:

  • Al nuevo periodo de potencia P1 se le otorgará la actual potencia contratada en el período 1 (P1).
  • A los nuevos periodos P2, P3, P4 y P5 se les otorgará la actual potencia del P2. En caso de que, de este modo, quede una potencia inferior respecto al nuevo P1, se les otorgará la misma potencia que el P1, ya que es necesario que cada periodo tenga una potencia igual o superior al periodo anterior (dicho de otra manera: deben ser potencias crecientes).
  • En el nuevo periodo P6 se le otorgará la potencia contratada en el P3 en las tarifas actuales. En caso de que, de este modo, quede una potencia inferior respecto al P5 (y no se cumpla por lo tanto la condición de ser una potencia igual o superior que el P5), con las nuevas tarifas se le otorgará la misma potencia contratada que en periodo 5.

Esta forma de otorgar las potencias está hecha de tal manera que la nueva distribución de potencias quede muy similar a la distribución previa (con la tarifa antigua), para minimizar las modificaciones. Es posible, pues, que la mayoría de contratos no tengáis que solicitar ningún cambio. Igualmente, si se tuviera que pedir una modificación de potencia, y se pidiera antes del 30 de septiembre, el trámite sería gratuito (sí se deberían pagar los kW aumentados de potencia, en caso de que se pidiera subirla). Se podrá hacer a través de la Oficina Virtual, y la opción estará operativa cuando ya haya habido el cambio.

A través del servicio Infoenergía, en marzo enviaremos un informe personalizado detallando, para cada contrato 3.0, qué potencias tendrá cada nuevo periodo.

 

Sistema de penalizaciones por exceso de potencia

La nueva regulación elimina la bonificación para los usos de potencia inferiores al 85% de la potencia contratada. Aparte, establece un sistema de penalizaciones diferente del que había hasta ahora; en caso de que el punto de suministro utilice más potencia de la que tiene contratada, las penalizaciones se establecerán de la siguiente manera:

  • Para contratos de más de 15 kW y hasta 50 kW de potencia (los que tienen contadores tipo 4): se aplicará una penalización tal como se está haciendo actualmente. Es decir, se hace la media de potencia utilizada de cada cuarto de hora y, si esta media resulta ser superior a la potencia contratada en ese periodo, se aplica una penalización para todo el mes.
  • Para contratos de más de 50 kW y menos de 450 kW de potencia (los que tienen contadores tipo 3, la mayoría con telegestión): se penalizará por excesos cuartohorarios. Esto quiere decir que se hace la media de potencia utilizada de cada cuarto de hora, y si esta media resulta ser superior a la potencia contratada en ese periodo, se aplicará una penalización para este cuarto de hora. Este sistema es el que ya se utiliza actualmente para las tarifas 6.1A, 6.1B, 6.2, 6.3 y 6.4.

Dentro de unos meses enviaremos un nuevo informe de Infoenergía, donde alertaremos de las penalizaciones por exceso de potencia que esté teniendo cada contrato, a fin de facilitar que podáis hacer los ajustes necesarios para adaptaros a la nueva tarifa.

Por otra parte, la energía reactiva también se penalizará, de forma muy similar a como se hace ahora. La diferencia es que la reactiva exenta de penalización será la que se genere en el periodo P6, en lugar del periodo P3.

 

Cuando se haga efectivo el cambio

De momento, el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico aún no ha publicado todos los costes regulados que se tendrán que aplicar, por eso aún no podemos informar de cómo quedarán las tarifas de Som Energia. En cuanto lo sepamos, informaremos de ello.

A partir del 1 de abril se deberían ir haciendo efectivos los cambios, según establece la normativa. No será necesario que las personas titulares de los contratos hagan nada, el cambio de cada contrato se hará de forma automática cuando, en Som Energia, vayamos recibiendo los datos por parte de las distribuidoras.

 

Nuevas tarifas 6.1, 6.2, 6.3 y 6.4 TD

Como indicábamos más arriba, los contratos de las tarifas 3.1 de menos de 30 kilovoltios pasarán a la tarifa 6.1TD. Los contratos de las tarifas de 3.1 de 30 kilovoltios o más pasarán a la tarifa 6.2TD, al igual que los actuales 6.2. Los contratos de 6.3 pasarán a 6.3TD, y los de 6.4 pasarán a 6.4TD.

Todas las tarifas 6 TD (6.1, 6.2, 6.3 y 6.4) tendrán 6 períodos de energía y de potencia, y serán los mismos que los de la nueva tarifa 3.0TD (detallados más arriba). Esto supondrá un cambio para los actuales contratos de 3.1, que actualmente tienen 3 periodos de potencia y energía, y pasarán a tener 6 períodos.

 

Adaptación de las potencias a los nuevos periodos

A los contratos que actualmente tienen la tarifa 3.1 se les aplicarán las siguientes potencias:

  • Al nuevo periodo P1 se le aplicará la potencia contratada en el P1 actual.
  • A los nuevos periodos P2, P3, P4 y P5 se les aplicará la potencia contratada en el actual P2.
  • En el nuevo periodo P6 se le aplicará la potencia contratada en el periodo P3 actual.

Estas adaptaciones están pensadas de forma lógica, de tal forma que no se prevé que las personas titulares tengan que pedir cambios de potencias. Los contratos que quieran modificar la potencia de algún periodo podrán hacerlo una vez, antes del 30 de septiembre, sin pagar los costes regulados del trámite de cambiar la potencia (10,94 IVA). Únicamente deberán pagar en caso de que quieran subir la potencia (23,84 o 44,86 euros, según la situación, por kW que quieran subir). Se deberá hacer a través de la Oficina Virtual, y la opción estará operativa cuando ya haya habido el cambio.

Para los contratos que actualmente tienen la tarifa 6.1A, 6.2, 6.3 y 6.4 se mantendrán las mismas potencias que ya tienen en cada periodo.

 

Sistema de penalizaciones

En cuanto a los casos en que se supere la potencia contratada, se penalizará si ha habido excesos cuartohorarios. Esto significa que se hará la media de potencia utilizada de cada cuarto de hora, y si esta media resulta ser superior a la potencia contratada en ese período, se aplicará una penalización para este cuarto de hora. Este sistema es el que ya se utiliza actualmente para las tarifas 6.1A, 6.1B, 6.2, 6.3 y 6.4.

El sistema de penalizaciones por energía reactiva será el mismo que el que hay actualmente.

Aparte, se empezará a penalizar también la energía capacitiva en el periodo P6. Para evitar tenerla, es aconsejable contactar con una persona experta en la temática, que podrá recomendar instalar un equipo que corrija (y elimine) la energía capacitiva.

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