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Subvenciones para la autoproducción renovable

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A partir de la dotación de los Fondos Next Generation, el estado español destinará 1.320 millones de euros al fomento de la autoproducción renovable. El BOE establece las líneas básicas de estas ayudas, que a continuación se resumen, a falta de que cada comunidad autónoma publique los detalles específicos de cada convocatoria (deben hacerlo antes de finales de septiembre).

Los fondos provienen del Plan de recuperación y resiliencia post pandemia de la Unión Europea, que ha destinado 70.000 millones de euros al estado español. De esta cantidad, 900 millones van dirigidos a la autoproducción, 220 millones al almacenamiento en sistemas de autoproducción renovable y 200 millones a la climatización térmica renovable.

Qué se subvenciona

Hay seis líneas de subvenciones: tres para empresas y tres para particulares, administraciones públicas y tercer sector. Respecto a estas últimas (programas 4, 5 y 6):

El programa 4 va dirigido a ayudas al autoconsumo fotovoltaico y eólico y el almacenamiento en viviendas, sector público y tercer sector, y tiene otorgados 215 millones de euros.

El programa 5 va dirigido a viviendas domésticas, sector público y tercer sector que ya tenían instalados sistemas de autoproducción (fotovoltaica o eólica) y quieran incorporar o ampliar el almacenamiento eléctrico. El presupuesto de las subvenciones es de 5 millones de euros.

El programa 6 subvenciona climatización renovable e instalación de agua caliente sanitaria en viviendas domésticas y viviendas públicas protegidas, comunidades de propietarios/as y administraciones públicas. La partida de las ayudas, en este caso, es de 100 millones de euros.

Requisitos

Para poder optar a alguna de estas ayudas es necesario incorporar un sistema de monitorización de la instalación. Si se trata de una empresa o administración pública, los datos deben ser públicos y visibles.

Se podrán presentar a las convocatorias de los programas 4, 5 y 6 todos los proyectos que se hayan iniciado a partir del 30 de junio de 2021. En el caso de los programas 1, 2 y 3 para empresas, habrá que esperar el detalle de las convocatorias específicas. En todos los casos, las comunidades autónomas tienen tiempo hasta el 30 de septiembre para publicar sus convocatorias.

Respecto a las ayudas para almacenamiento (programas 1, 2, 3, 4 y 5), es necesario que las baterías se alimenten del sistema de placas fotovoltaicas y no de la red eléctrica. Por otra parte, para optar a las ayudas para instalaciones de autoproducción, será necesario que la energía consumida en la vivienda sea equivalente como mínimo al 80% de la energía generada por la instalación (excepto si son instalaciones aisladas o sin compensación).

Procedimiento e importe de las subvenciones

Cada Comunidad Autónoma especificará la documentación y procedimientos para optar a las subvenciones. Lo que establece por el momento el BOE es que la adjudicación será por orden de presentación.

Una vez se pida la subvención, la comunidad autónoma correspondiente tendrá seis meses para resolver y una vez otorgada la subvención, quien se beneficie tendrá 18 meses para justificar que se ha realizado el proyecto (que puede haberse iniciado a partir del 30 de junio de 2021). El pago de las ayudas se hará una vez se haya hecho el proyecto y se haya presentado la justificación de la subvención; sin embargo, el BOE establece la posibilidad de pedir anticipo hasta del 100%.

Los importes se calcularán como una ayuda base, y se añadirá una ayuda adicional, según el programa que corresponda. No son subvencionables los seguros, tasas o permisos ni los costes financieros.

Podéis ver un resumen de las cantidades que pueden corresponder a cada caso según la intensidad de las ayudas. Después de recibir algunas consultas, el 10/09/2021 hemos actualizado la información de las tablas inicialmente publicadas para mejorar su comprensión:

Si aún no tenéis placas

Si queréis aprovechar las líneas de subvenciones para autoproducir vuestra energía y tenéis un tejado apto para hacerlo, podéis participar en alguna de las compras colectivas de Som Energia. Además de incluir el asesoramiento previo, el material y la ejecución del proyecto, incluyen también la tramitación de subvenciones (en el Centro de Ayuda tenéis más información). Aunque no podemos garantizar que se otorguen las subvenciones, las ingenierías responsables de las compras colectivas harán todo lo necesario para que os sea otorgada.

Si ya tenéis placas

Las personas que tengáis instalados sistemas de autoproducción desde antes del 30 de junio (que hayáis firmado el acuerdo marco o el contrato antes de esa fecha), ya no podéis optar a las ayudas del programa 4, pero os pueden ser de interés las ayudas de los programas 5 y 6 de la convocatoria: para la incorporación de sistemas de almacenamiento, y para la climatización e instalación de agua caliente sanitaria.

Si sois una empresa

Los programas 1, 2 y 3 están dirigidos específicamente a empresas y entidades con actividad económica. Estos programas subvencionan la instalación de autoproducción con fuentes renovables en el sector servicios (programa 1), la instalación de autoproducción con fuentes renovables en otros sectores productivos (programa 2) y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoproducción ya existentes en todos los sectores productivos (programa 3).

Encontraréis más información sobre los diferentes programas de subvenciones en la web del IDAE.

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